Resumen de las resoluciones aprobadas en 2023 por la 21 Asamblea General de la OIV – Jerez, España. En su reunión del 9 de junio de 2023 en Jerez (España), fueron adoptadas un total de 18 resoluciones relativas a viticultura, enología, derecho y economía y salud y seguridad.
En el ámbito de la viticultura, la OIV ha aprobado las siguientes resoluciones:
- Principios y recomendaciones generales de la OIV para la enfermedad de
Pierce de la vid (Resolución OIV-VITI 704-2023).
- Actualización de la lista de descriptores OIV para variedades de vid y
especies de Vitis (Resolución OIV-VITI 702-2023).
Decisiones relativas a las prácticas enológicas
Se incorporan al Código Internacional de Prácticas Enológicas de la OIV varias resoluciones relativas a nuevas prácticas enológicas, en particular:
- Tratamiento del vino mediante técnicas de membrana y adsorción en carbón activado desodorizante o microesferas adsorbentes de estireno-divinilbenceno para reducir el contenido de fenoles volátiles (Resolución OIV-OENO 657-2023).
- Eliminación de iones metálicos mediante resinas quelantes de estirenodivinilbenceno en vinagres de vino envejecidos (Resolución OIV-OENO 658-2023).
- Actualización de las líneas directrices para la concesión y el mantenimiento del patrocinio de la OIV para concursos de vino y bebidas espirituosas de origen vitivinícola (Resolución OIV-OENO 671B-2023).
Decisiones relativas a las especificaciones de los productos enológicos
Se incorporan al Codex Enológico Internacional las siguientes monografías:
- Monografía sobre el ácido fumárico (Resolución OIV-OENO 690-2023).
Decisiones relativas a los métodos de análisis
En la misma sesión, se han aprobado nuevos métodos de análisis que se
incorporan a los métodos de análisis de la OIV, en particular:
- Varios métodos de análisis microbiológico para el zumo de uva, el zumo de uva concentrado, el zumo de uva reconstituido y el néctar de uva.
Decisiones relativas a la economía y el derecho
La OIV ha aprobado la actualización de varios artículos de la Norma
Internacional para el Etiquetado de los Vinos, en particular:
- Artículo 3.1.5, “Añada o año de cosecha” (Resolución OIV-ECO 697-2023).
- Artículo 3.1.7, “Envejecimiento del vino” (Resolución OIV-ECO 698-2023).
- Artículo 2.6, “El nombre y la dirección del responsable del envasado” (Resolución OIV-ECO 699-2023).
- Artículo 3.1.3, “Nombre de la explotación vitícola” (Resolución OIV-ECO 700-2023).
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